MUNICIPIOS | 5 MAY 2021

SEGUNDA OLA

Los comercios platenses afectados por la pandemia quedarán eximidos del pago de tasas municipales

El Concejo Deliberante aprobó el proyecto enviado por el intendente Julio Garro mientras tengan vigencia las medidas adoptadas por la emergencia sanitaria.




"Hoy se aprobó el proyecto de alivio fiscal que envié al Concejo Municipal de La Plata. Es un paso enorme para seguir acompañando a los comerciantes platenses que se ven afectados económicamente por los impactos de la pandemia. Cuidar la salud y la economía es nuestra prioridad", así lo celebró el intendente Garro.

 

 

Asimismo, agradeció a los ediles por aprobarlo por unamidad: "El proyecto incluye la eximición de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, de los Derechos de Publicidad y Propaganda, de los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos y de la Monotasa. ¡Gracias a todos los concejales que lo hicieron posible!", manifestó

 

 

El proyecto de ordenanza girado por el Jefe Comunal para su tratamiento en el Concejo Deliberante, dispone “eximir a todos los establecimientos comerciales afectados por las restricciones, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, de los Derechos de Publicidad y Propaganda, de los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos y del Régimen Simplificado para Pequeños Comercios (Monotasa) por todo el período en el que se encuentren vigentes las medidas dispuestas”.

También se prevé eximir a todos los emprendimientos comerciales que hayan iniciado su actividad después del 1° de abril del 2021 del pago de los Derechos de Habilitación, Autorización o Permiso, de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, de los Derechos de Publicidad y Propaganda, de los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos y del Régimen Simplificado para Pequeños Comercios (Monotasa) referidos en la Ordenanza Fiscal.

Es importante destacar que la medida no será de aplicación para los comercios que tengan una superficie habilitada y/o que cuenten con un número de empleados superiores a los que a tal efecto determine la reglamentación.