sábado 07 de noviembre de 2026
- Edición Nº2894

País

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Adorni: ni sobreseído ni libre de sospechas

08:10 | La explicación sobre el origen de su patrimonio no pudo ser confirmada definitivamente y reclaman mantener abierta la investigación.



La investigación judicial sobre el patrimonio del exjefe de Gabinete Manuel Adorni sumó un nuevo capítulo después de que el abogado Gregorio Dalbón solicitara la intervención de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) para evitar que el expediente quede circunscripto a una posible evasión tributaria. El planteo llegó luego del dictamen del fiscal federal Gerardo Pollicita, quien consideró que no existen elementos suficientes para sostener una acusación por enriquecimiento ilícito y pidió trasladar la investigación al fuero Penal Económico.

La presentación fue realizada ante el juez federal Ariel Lijo y busca que el organismo especializado, conducido por Sergio Rodríguez, examine las posibles irregularidades patrimoniales y administrativas vinculadas con el desempeño del exfuncionario. Dalbón también solicitó que se notifique a los denunciantes sobre cualquier decisión que pudiera cerrar o restringir la investigación y que se postergue una resolución sobre la competencia hasta conocer la posición de la PIA.

El planteo reabre una discusión central: si las inconsistencias detectadas en las declaraciones juradas y las operaciones económicas de un funcionario deben investigarse exclusivamente como posibles delitos fiscales o también desde las responsabilidades derivadas del ejercicio de la función pública.

Más de 400 mil dólares en gastos y una explicación basada en Bitcoin

La investigación, iniciada a partir de una denuncia de la diputada Marcela Pagano, examinó la evolución patrimonial de Adorni durante su paso por el Gobierno nacional, entre diciembre de 2023 y junio de 2026.

De acuerdo con el dictamen fiscal, se identificaron erogaciones por 402.578 dólares, de los cuales aproximadamente 374.082 fueron abonados en efectivo. También surgió una diferencia de poco más de 43 millones de pesos entre los ingresos lícitos comprobados y los gastos, adquisiciones y cancelaciones de deudas del período examinado.

Entre las operaciones analizadas aparecen la compra de una propiedad en el country Indio Cuá, en Exaltación de la Cruz, un departamento en Caballito, importantes refacciones inmobiliarias, viajes y distintos consumos familiares.

Para justificar la disponibilidad de fondos, la defensa de Adorni sostuvo que el exfuncionario había realizado inversiones en Bitcoin entre 2014 y 2018, mediante ocho billeteras digitales, con desembolsos cercanos a los 200.000 dólares que posteriormente habrían generado 591.544,61 dólares.

La explicación fue examinada mediante pericias informáticas. Los especialistas pudieron verificar que las direcciones digitales registraron movimientos durante aquellos años y que sus claves privadas estaban bajo control de la defensa al momento de la prueba. Sin embargo, no pudieron determinar quién administraba efectivamente esas billeteras durante el período investigado.

Esa limitación resultó determinante. Pollicita consideró que la documentación no alcanzaba para demostrar definitivamente la versión del exfuncionario, pero tampoco permitía descartarla. Como la hipótesis defensiva ubicaba el origen de los fondos antes de su ingreso al Estado, entendió que no había pruebas suficientes para sostener el incremento patrimonial injustificado durante el ejercicio del cargo.

Hipotecas privadas, refacciones millonarias y pagos en efectivo

Los movimientos inmobiliarios ocuparon una parte importante de la investigación. En noviembre de 2024, Bettina Angeletti, esposa de Adorni, escrituró una propiedad en el country Indio Cuá por 120.000 dólares, operación financiada parcialmente mediante un préstamo privado de 100.000 dólares.

Las obras realizadas posteriormente también generaron interrogantes. El contratista Matías Tabar declaró haber cobrado 245.000 dólares en efectivo y sin facturación, mientras que Adorni rechazó esa cifra y sostuvo que las refacciones habían costado 175.000 dólares, financiados con ahorros anteriores.

En noviembre de 2025 se concretó otra operación: la adquisición de un departamento en Caballito por 230.000 dólares, de los cuales 200.000 habrían sido financiados mediante una hipoteca privada otorgada por las anteriores propietarias, sin intereses y con un plazo de devolución de dos años.

La fiscalía también examinó consumos realizados mediante tarjetas de crédito de personas que trabajaban en el entorno del funcionario. Según las explicaciones incorporadas al expediente, algunas compras habrían sido reintegradas posteriormente en efectivo.

Aunque estas circunstancias no permitieron acreditar el enriquecimiento ilícito, sí quedaron señaladas como parte de una operatoria patrimonial cuya trazabilidad tributaria todavía debe ser examinada.

Dalbón advierte que la ciudadanía también resulta afectada

El abogado denunciante cuestionó que la investigación pueda abandonar el análisis de las responsabilidades administrativas cuando el propio dictamen fiscal reconoce indicios que merecen una revisión adicional.

Entre ellos mencionó las omisiones de bienes durante varios años, la utilización de efectivo, la participación de terceros en determinadas operaciones y la incorporación de fondos a las declaraciones patrimoniales después de iniciadas las actuaciones judiciales.

Dalbón sostuvo que los eventuales delitos contra la administración pública no afectan exclusivamente a una persona determinada, sino al funcionamiento del Estado y al derecho colectivo de conocer el origen del patrimonio de quienes ejercen cargos públicos.

Para fundamentar su pedido invocó la Ley 27.372, de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, y reclamó que se garantice la posibilidad de intervención de los denunciantes antes de adoptar decisiones que puedan modificar sustancialmente el curso del expediente.

La causa no está cerrada y ahora deberá resolver Lijo

Pollicita solicitó que la investigación continúe en el fuero Penal Económico para determinar si existieron irregularidades vinculadas con Ganancias, Bienes Personales u otros tributos nacionales.

También requirió que se investiguen determinadas operaciones realizadas por terceros vinculados con las transacciones inmobiliarias, entre ellos desarrolladores y contratistas, y que se remitan antecedentes al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires para evaluar la intervención de una profesional.

El dictamen fiscal no constituye un sobreseimiento ni implica que las operaciones investigadas hayan quedado definitivamente justificadas. Se trata de una valoración sobre la insuficiencia de pruebas para sostener una figura penal específica y de un pedido para modificar el ámbito judicial de investigación. Ahora será Ariel Lijo quien deberá resolver sobre el cambio de competencia, mientras permanece pendiente el reclamo de Dalbón para que intervenga la PIA.

 

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