El Gobierno formalizó la prórroga de la suspensión de juicios fiscales y embargos para pymes. El Ministerio de Economía encomendó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogar la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares hasta el 30 de junio de 2027.
La medida había sido anunciada por el ministro Luis Caputo en el marco de la 32.ª Conferencia de la Unión Industrial Argentina (UIA), y se formalizó este miércoles mediante la Resolución 1899/2026, publicada en el Boletín Oficial.
Quiénes quedan alcanzados
La disposición contempla a las micro, pequeñas y medianas empresas (Tramos 1 y 2) que posean el “Certificado MiPyME” vigente a la fecha de dictado de la norma.
Además, la prórroga abarca a las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, a las entidades sin fines de lucro y a los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud.
El antecedente
Esta decisión amplía el esquema de contención iniciado originalmente a fines de diciembre de 2024 por el Ministerio de Economía, en el que se fijó una primera suspensión hasta el 31 de julio de 2025 para el sector salud y entidades sin fines de lucro. Posteriormente, dicho beneficio se extendió de manera sucesiva hasta el 31 de diciembre de 2026.
Dentro de los considerandos de la resolución se argumenta que las situaciones particulares que motivaron la contención de los contribuyentes aún persisten, haciendo necesaria la extensión del plazo.
Alcance limitado
La medida no implica una condonación de deudas ni la eliminación de obligaciones tributarias. Su alcance se limita a suspender el inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares durante el período prorrogado.