La Ciudad de Buenos Aires dio un paso importante contra los abusos en los cobros de deudas. Este jueves, la Legislatura porteña aprobó por unanimidad la ley que regula el funcionamiento de las agencias de cobranza extrajudicial, un rubro que hasta ahora se movía casi sin controles y que generaba miles de denuncias de vecinos hostigados.
El proyecto fue impulsado por Fuerza Por Buenos Aires, el espacio que lidera Leandro Santoro, y fue trabajado en conjunto con los distintos bloques. Según explicó Rodrigo Cilenti, director de la Comisión de Defensa de Consumidores y Usuarios, la iniciativa nació de lo que se escuchó en la audiencia pública, donde aparecieron casos de amenazas, llamados a toda hora y deudas que se volvían impagables.
En un principio, La Libertad Avanza no había acompañado la propuesta. Sin embargo, después de varias negociaciones, terminó votando a favor en general. "Charlamos mucho con todos los bloques, sobre todo con el PRO, pero también con La Libertad Avanza, e intentamos construir una ley que le diera herramientas concretas al Estado para regular la actividad", contó Cilenti. Y agregó que el oficialismo "quedó un poco encerrado" ante el consenso alcanzado.
Aun así, el bloque libertario marcó diferencias en la votación en particular: rechazó la obligación de que las agencias tengan habilitación, la exigencia de un abogado matriculado a cargo y las pautas para refinanciar las deudas.
Qué cambia a partir de ahora
La nueva normativa establece reglas claras para todas las agencias que operen en CABA:
1. Habilitación obligatoria: Ninguna agencia podrá trabajar sin estar habilitada por la Ciudad. Además, los bancos y financieras no podrán vender carteras de deuda a empresas no autorizadas. Si una agencia trabaja mal, se le impedirá seguir operando.
2. Un abogado responsable: Cada agencia, o cada área de cobranza de bancos y comercios, deberá tener a cargo un abogado matriculado. Si hay abusos o amenazas, la denuncia va directo al Colegio de la Abogacía y el profesional arriesga su matrícula.
3. Límite a los contactos: No podrán llamar al deudor más de una vez por día y como máximo dos veces por semana. Si la persona ya atendió, no pueden volver a insistir ese día.
4. Basta de bots sin aviso: Si el contacto es a través de un contestador automático o un bot, deberán avisar desde el inicio que no es una persona real y siempre ofrecer la opción de hablar con un humano.
5. Prohibido amenazar: Queda totalmente prohibido amenazar con ir preso, inventar embargos sin orden judicial o amedrentar con quitar jubilaciones o planes sociales.
6. Protección especial: El acoso a jubilados, pensionados o personas con discapacidad será sancionado con multas mucho más severas que las actuales.
Con esta ley, la Ciudad busca ponerle un límite a una práctica que se había vuelto habitual: el hostigamiento telefónico y las amenazas para cobrar deudas. A partir de ahora, las agencias que no cumplan, se quedarán afuera del sistema.