El Gobierno nacional ratificó la emergencia agropecuaria por inundaciones para zonas productivas de 9 de Julio y Necochea, dos distritos bonaerenses afectados por las lluvias y la acumulación de agua en superficies destinadas a la actividad rural. La decisión permite encuadrar a las explotaciones alcanzadas en el régimen nacional de asistencia, sujeto a la acreditación de su situación y al cumplimiento de los trámites correspondientes.
Según la información difundida sobre la Resolución 1850/26 del Ministerio de Economía, la declaración comprende el período del 1 de mayo al 31 de octubre de 2026. Su alcance territorial incluye la totalidad del partido de 9 de Julio y las circunscripciones II, III, IV y XII de Necochea.
La medida nacional se suma a la declaración provincial que el gobernador Axel Kicillof había dispuesto a fines de agosto para ambos municipios, en respuesta a las consecuencias de las inundaciones sobre las explotaciones agropecuarias.
La documentación para acreditar los daños
Para acceder al régimen, los productores deberán presentar la documentación que acredite que sus establecimientos se encuentran dentro de las zonas comprendidas y que reúnen las condiciones exigidas.
Por su parte, el Gobierno bonaerense deberá remitir a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de productores afectados y los certificados correspondientes. Ese procedimiento permitirá identificar a las explotaciones alcanzadas y encauzar las solicitudes de asistencia.
La declaración territorial constituye el marco para tramitar los beneficios, cuya aplicación depende de la situación acreditada por cada productor y de las disposiciones correspondientes a la emergencia o al desastre agropecuario.
Qué alivio contempla el régimen
Entre las herramientas previstas se encuentran prórrogas de vencimientos, deducciones y exenciones tributarias, de acuerdo con el encuadre de cada caso. La información difundida menciona obligaciones vinculadas con Ganancias, Bienes Personales, el Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa y el componente impositivo del Monotributo.
También contempla mecanismos relacionados con la suspensión de ejecuciones fiscales y el tratamiento tributario de las ventas forzosas de ganado, además de beneficios sobre determinadas retenciones. Su instrumentación requiere realizar las gestiones pertinentes ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Estas herramientas se suman a las medidas provinciales y a las que eventualmente dispongan los municipios. Para los productores afectados, la ratificación nacional habilita una instancia de alivio fiscal frente a las pérdidas y dificultades operativas provocadas por el anegamiento de los campos.