viernes 02 de octubre de 2026
- Edición Nº2858

Provincia

Salud e industria farmacéutica estatal avanzan con cambios

13:44 | Los proyectos impulsados por Kicillof obtuvieron despacho de mayoría en la Comisión de Salud. Las modificaciones acotan facultades del Ejecutivo y refuerzan los controles sobre la futura empresa farmacéutica.



El oficialismo bonaerense consiguió avanzar en comisión con dos proyectos centrales de su agenda sanitaria: la creación del Sistema Integrado de Salud de la provincia de Buenos Aires (SIPBA) y del Centro de Industria Farmacéutica Bonaerense. Las iniciativas obtuvieron despacho de mayoría en la Comisión de Salud del Senado, presidida por Pedro Borgini, después de incorporar modificaciones acordadas con autoridades del Ministerio de Salud.

El acompañamiento de Mario Ishii, que no había integrado la mayoría en un intento anterior de tratamiento, permitió al oficialismo reunir el respaldo necesario. El avance constituye un paso dentro del trámite legislativo, por lo que ninguna de las dos iniciativas se encuentra todavía convertida en ley.

Los cambios al SIPBA se concentran en las competencias del Ejecutivo, las condiciones de participación de municipios y prestadores privados y los mecanismos de coordinación y gestión de datos. En el proyecto farmacéutico, las modificaciones alcanzan principalmente a la composición accionaria, el endeudamiento y el control legislativo.

Adhesión voluntaria y límites a la intervención sobre privados

La nueva versión del SIPBA elimina facultades previstas originalmente para que el Poder Ejecutivo definiera la ubicación de establecimientos sanitarios y determinara la necesidad de incorporar nuevos centros o tecnologías. También suprime la exigencia de una aprobación previa de necesidad sanitaria para construir establecimientos o sumar servicios y equipamiento, aunque mantiene las habilitaciones correspondientes.

Otro cambio restringe la posibilidad de exigir prestaciones extraordinarias al sector privado: esas medidas sólo podrán aplicarse ante una emergencia sanitaria formalmente declarada, deberán ser temporales y no podrán provocar una afectación permanente de bienes o personal.

La incorporación de los municipios a la Red Bonaerense de Atención y Cuidados en Salud será voluntaria, al igual que la adhesión de los establecimientos privados. Para estos últimos, permanecer fuera de la Red no podrá afectar su habilitación, funcionamiento ni acceso a programas generales ajenos a ese esquema, mientras que la prioridad en la distribución de fondos o bienes para quienes se incorporen quedará limitada a programas provinciales.

Coordinación sanitaria y gestión de datos

Las modificaciones también alcanzan a los organismos de coordinación. El ministro de Salud podrá convocar a otros actores al Consejo Provincial de Salud (COSAPRO) cuando lo considere necesario, aunque se eliminan algunas atribuciones vinculadas con la articulación institucional y la definición de objetivos de la Red.

En el Consejo Regional de Salud (CORESA) se mantiene una integración institucional pública y se retira la posibilidad de convocar representantes privados, de obras sociales y de otros sectores.

En materia de transformación digital y gobernanza de datos, el texto diferencia las responsabilidades de rectoría del Ministerio de Salud de las funciones específicas de la autoridad de aplicación. Además, establece que la inhabilitación de establecimientos por incumplimientos relacionados con la gestión de datos sólo podrá aplicarse ante infracciones graves.

Una farmacéutica con el 99% del capital provincial

En paralelo, obtuvo despacho favorable el proyecto para crear el Centro de Industria Farmacéutica Bonaerense como una Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (SAPEM), destinada a producir medicamentos, vacunas, insumos médicos e ingredientes farmacéuticos activos para el sistema sanitario provincial.

La iniciativa retoma una propuesta que había sido aprobada por Diputados, pero que perdió estado parlamentario al finalizar el período 2024/2025 sin completar su tratamiento en el Senado.

El nuevo texto establece que el Estado provincial tendrá el 99% del capital social, mediante acciones clase A, mientras que el 1% restante estará integrado por acciones clase B que podrán suscribir accionistas públicos o privados. La Provincia no podrá transferir sus acciones sin autorización de la Legislatura, aprobada por una mayoría de dos tercios de sus miembros.

La sociedad podrá tomar préstamos y emitir títulos de deuda, pero esas operaciones deberán estar relacionadas con su objeto, contempladas en el presupuesto aprobado y sujetas al Estatuto y a la Ley de Administración Financiera provincial. También deberá contar con una política de financiamiento que incorpore límites para preservar su solvencia.

Control bicameral sobre operaciones extraordinarias

La propuesta incorpora una Comisión Bicameral de Seguimiento y Control, integrada por cinco diputados y cinco senadores, con representación proporcional de los bloques y facultades para solicitar informes y formular recomendaciones.

Ese organismo deberá intervenir previamente en determinadas operaciones extraordinarias de endeudamiento, entre ellas las que superen límites presupuestarios o estatutarios, impliquen una exposición cambiaria significativa, comprometan activos esenciales o requieran respaldo financiero de la Provincia.

Con los despachos de la Comisión de Salud, el Ejecutivo logró destrabar una instancia del tratamiento de ambas iniciativas, que deberán continuar su recorrido legislativo antes de que puedan ponerse en marcha.

 

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