miércoles 14 de octubre de 2026
- Edición Nº2870

Provincia

comunicado institucional

Diputados rechazó el ocultamiento de pruebas y defendió su autonomía

29/09/2026 17:39 | La Cámara bonaerense respondió a la denuncia del juez Guillermo Atencio y sostuvo que el archivo de expedientes fue aprobado antes del requerimiento judicial. Reivindicó su colaboración con la Justicia y las garantías que protegen los votos legislativos.



La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires rechazó que haya existido una maniobra institucional para ocultar pruebas y defendió la legalidad de sus actuaciones frente a la denuncia formulada por el juez de Garantías Guillermo Atencio el pasado 25 de septiembre. A través de un comunicado, el cuerpo expuso la cronología de las decisiones cuestionadas, diferenció los expedientes judiciales involucrados y planteó la necesidad de preservar la autonomía legislativa dentro del respeto a la división de poderes.

“La HCD siempre actuó ajustado a derecho y colaboró con la Justicia”, afirmó la institución al presentar los fundamentos de su respuesta. El argumento central está en las fechas: según detalló, la resolución de archivo de expedientes fue aprobada el 28 de mayo de 2026, con el acompañamiento de más de dos tercios del cuerpo, mientras que el requerimiento judicial ingresó a la Cámara el 19 de agosto, casi tres meses después.

Diputados remarcó que el archivo estaba contemplado en su reglamento desde 2002 y que la resolución se adoptó mediante una votación pública, en una sesión transmitida en vivo cuyo registro permanece disponible. Sobre esa base, rechazó la interpretación de que la medida hubiera buscado frustrar un pedido de información judicial que, al momento de la aprobación, todavía no había sido recibido.

Una decisión pública y anterior al requerimiento

La cronología presentada por la Cámara ocupa un lugar decisivo en su defensa institucional: el cuerpo sostuvo que la resolución cuestionada no puede interpretarse como una respuesta destinada a eludir el requerimiento de agosto, porque había sido votada en mayo y su tratamiento quedó registrado públicamente.

Asimismo, aseguró que, una vez recibido el pedido, respondió formalmente al magistrado e informó que las actuaciones habían sido archivadas administrativamente y que esa decisión había sido posteriormente convalidada mediante un acto legislativo. De acuerdo con el comunicado, el procedimiento tuvo respaldo del cuerpo y se desarrolló conforme a la normativa vigente.

Con estos elementos, Diputados buscó dejar establecido que hubo una contestación institucional y que la medida de archivo no constituyó una determinación administrativa aislada, sino una actuación formalizada y respaldada por una votación legislativa.

La distinción entre los expedientes

Otro de los puntos centrales del pronunciamiento fue la necesidad de diferenciar las actuaciones judiciales para evitar confusiones ante la opinión pública. Según la documentación considerada por la Cámara, los requerimientos y las decisiones administrativas mencionados no correspondían a la causa contra Julio Segundo Rigau y otros, sino al expediente de María Eugenia Rodríguez, vinculado a un hecho de hurto.

La institución sostuvo que ambas actuaciones deben analizarse de acuerdo con sus respectivos expedientes y advirtió sobre las consecuencias de presentar como equivalentes procedimientos que, según su explicación, tienen objetos diferentes.

Respecto de la causa Rigau, Diputados aseguró que aportó la información solicitada por la Justicia y señaló que la investigación avanzó, se encuentra elevada a juicio y tiene personas privadas de su libertad. Para la Cámara, ese recorrido debe ser considerado antes de atribuirle una conducta orientada a impedir el esclarecimiento de los hechos.

La respuesta procuró así respaldar su posición con el desarrollo de la propia investigación: el cuerpo reivindicó su colaboración y destacó que el expediente continuó su curso judicial.

La defensa del voto legislativo

El comunicado también colocó en el centro del debate las garantías constitucionales del ejercicio parlamentario. La Cámara invocó el artículo 96 de la Constitución bonaerense como fundamento de la protección de las opiniones y los votos de quienes integran ambas cámaras en el desempeño de sus cargos, y consideró inadmisible que se pretenda perseguir penalmente a legisladores por decisiones adoptadas mediante su voto.

Desde esa perspectiva, sostuvo que una resolución aprobada por el cuerpo debe ser analizada dentro del marco constitucional que resguarda la representación parlamentaria. La defensa institucional apunta a preservar la capacidad de deliberar y decidir de la Legislatura, sin que el ejercicio de esas funciones pueda quedar condicionado por una persecución penal motivada por los votos emitidos.

Ese planteo estuvo acompañado por una definición sobre los límites que alcanzan a todos los poderes del Estado. Diputados reconoció la existencia de facultades de control recíproco, pero advirtió que esas herramientas no deben utilizarse de manera abusiva para condicionar o inhibir el funcionamiento de otro poder; al mismo tiempo, afirmó que ninguna atribución propia puede emplearse para autoprotegerse o impedir investigaciones legítimas.

Colaboración judicial y respeto institucional

La Cámara también apeló a sus antecedentes y sostuvo que, a lo largo de su historia, las causas vinculadas con hechos ocurridos dentro de la Legislatura avanzaron hasta llegar a sentencia. Presentó ese recorrido como parte de los elementos que respaldan su posición frente a las acusaciones.

Con esa respuesta, Diputados reivindicó la legalidad de sus decisiones y reclamó que el análisis de lo ocurrido contemple las fechas, la documentación y las garantías constitucionales involucradas. Su posición reúne dos responsabilidades que deben sostenerse de manera simultánea: colaborar con las investigaciones judiciales y resguardar el funcionamiento de un poder del Estado cuya autonomía también forma parte del equilibrio democrático.

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