jueves 20 de agosto de 2026
- Edición Nº2815

Provincia

iniciativa legislativa

Proponen eximir de Ingresos Brutos a operaciones con fondos comunes de inversión

18/08/2026 22:06 | La iniciativa del PRO busca eliminar la alícuota del 9% aplicada a los resultados obtenidos por la venta o el rescate de cuotapartes. Sus autores sostienen que la carga resulta desproporcionada y perjudica la administración de liquidez de las empresas.



Un proyecto presentado en la Cámara de Diputados bonaerense propone modificar el Código Fiscal provincial para eximir del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los resultados provenientes de operaciones con fondos comunes de inversión.

La iniciativa fue impulsada por el diputado Martín Endere y cuenta con el acompañamiento de Leticia Bontempo, ambos integrantes del bloque PRO. El texto plantea incorporar un nuevo inciso al artículo 207 del Código Fiscal —Ley 10.397— para exceptuar de la tributación a las ganancias obtenidas por la venta o el rescate de cuotapartes.

El beneficio alcanzaría a los fondos comunes de inversión contemplados en el primer párrafo del artículo 1° de la Ley nacional 24.083.

 

Las condiciones para acceder a la exención

Según establece la propuesta, la exención se aplicaría únicamente cuando las cuotapartes hayan sido emitidas mediante una oferta autorizada por la Comisión Nacional de Valores y las operaciones se realicen dentro de mercados habilitados por ese organismo.

En los fundamentos, Endere señaló que numerosas empresas utilizan estos instrumentos financieros para administrar temporalmente sus excedentes de liquidez.

Se trata de fondos generados durante el período que transcurre entre el cobro de créditos y el pago de proveedores, salarios, impuestos y otras obligaciones. Durante esos lapsos, las compañías colocan el dinero en fondos comunes de inversión con el objetivo de preservar el valor del capital.

 

Cuestionan una alícuota del 9%

El proyecto advierte que los rendimientos obtenidos mediante esas operaciones están actualmente alcanzados por una alícuota de Ingresos Brutos del 9%.

Para los autores, esta situación provoca una “manifiesta desproporción” entre la carga tributaria y el rendimiento alcanzado, además de desalentar el uso de herramientas financieras destinadas a gestionar la liquidez empresarial.

Como antecedente, la propuesta menciona el régimen vigente en otras jurisdicciones y destaca el caso de Neuquén, cuyo Código Fiscal contempla una exención para los intereses generados por colocaciones en fondos comunes de inversión.

Los legisladores sostuvieron que la modificación permitiría avanzar hacia un esquema de mayor razonabilidad y neutralidad tributaria, evitando que el impuesto afecte decisiones financieras transitorias de las empresas.

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