Un proyecto de ley presentado en la Legislatura bonaerense por el senador de La Libertad Avanza, Carlos Curestis, propone introducir cambios estructurales en la producción de la prueba médica dentro de los litigios por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
La iniciativa apunta a modificar la Ley de Procedimiento Laboral N° 15.057 con el objetivo de eliminar distorsiones económicas en el fuero laboral, agilizar los procesos judiciales y reforzar la imparcialidad de los dictámenes médicos que intervienen en este tipo de causas.
Según el texto impulsado por el legislador libertario, la reforma se ordena sobre tres ejes centrales: la fijación de aranceles independientes del resultado del juicio, la aplicación obligatoria de baremos nacionales y la centralización estatal de las pericias médicas.
Honorarios fijos y sin relación con el monto del juicio
Uno de los puntos principales de la propuesta es la incorporación del artículo 44 ter, que prohíbe regular los honorarios de los peritos médicos en función de la cuantía del juicio, el porcentaje de incapacidad dictaminado o el monto indemnizatorio final.
En reemplazo de ese esquema, el proyecto establece un honorario fijo y único equivalente a diez Jus. Con esta modificación, Curestis busca neutralizar cualquier incentivo económico que pueda incidir sobre la objetividad técnica del dictamen médico.
La iniciativa plantea que la remuneración del profesional debe estar vinculada a la labor efectivamente realizada y no al resultado del pleito. En ese sentido, el proyecto apunta a garantizar una retribución “justa, digna y previsible” para los peritos, sin que su intervención quede atada al monto de la demanda laboral.
Baremos nacionales y límites a la actuación pericial
El proyecto también incorpora el artículo 44 bis, que acota la tarea del perito médico a los puntos estrictamente controvertidos en la instancia administrativa previa. Además, ratifica la aplicación obligatoria y excluyente de los baremos oficiales nacionales establecidos por los decretos 658/96 y 659/96.
De esta manera, la propuesta busca evitar interpretaciones dispares en la valoración del daño y unificar los criterios técnicos utilizados en los procesos judiciales vinculados a accidentes laborales y enfermedades profesionales.
Para el autor de la iniciativa, la utilización de baremos nacionales como parámetro excluyente permitiría reducir márgenes de discrecionalidad y aportar mayor previsibilidad tanto para los trabajadores como para las empresas y las aseguradoras involucradas.
Pericias bajo órbita de la Suprema Corte
Otro de los cambios relevantes es la sustitución del artículo 102 de la Ley de Procedimiento Laboral. El nuevo texto dispone que las pericias médicas sean realizadas exclusivamente por las Asesorías Periciales de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.
La designación de profesionales externos quedaría reservada únicamente para situaciones excepcionales. En esos casos, el proyecto fija un régimen estricto de incompatibilidades: los peritos externos no podrán tener vínculos con Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, asesorar a trabajadores ni desempeñarse como consultores técnicos de parte.
Con este punto, la iniciativa intenta reforzar la independencia de los profesionales que intervienen en los expedientes y reducir eventuales conflictos de interés en la producción de la prueba médica.
“Racionalidad, objetividad y previsibilidad”
Al fundamentar la propuesta, Curestis sostuvo que el proyecto busca aportar “racionalidad, objetividad y previsibilidad al fuero laboral bonaerense”.
“Al proteger la imparcialidad de los peritos y establecer reglas claras para su labor y retribución, estaremos brindando una mejor y más rápida respuesta a los trabajadores accidentados y mayor certidumbre al sector productivo”, afirmó el senador y presidente del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara Alta provincial.