El Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza N° 97/2026 que prohíbe el uso de armas de aire comprimido dentro del ejido urbano. La medida fue promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal y apunta a prevenir accidentes y cuidar la convivencia.
La normativa alcanza a rifles, pistolas, réplicas y elementos similares en todo el distrito.
Dónde rige la prohibición
El veto incluye calles, plazas, espacios recreativos, terrenos abiertos y cualquier lugar del área urbana. También se prohíbe expresamente que menores de edad utilicen estos elementos dentro del ejido urbano.
La ordenanza establece que padres, madres o responsables legales serán civil y administrativamente responsables por los daños que ocasionen los menores con armas de aire comprimido.
Multas, secuestro y concientización
La autoridad de aplicación podrá secuestrar preventivamente los elementos usados en infracción, sin perjuicio de las actuaciones contravencionales o judiciales correspondientes.
Las sanciones previstas van de 100 a 500 módulos, además del decomiso de los objetos involucrados.
Desde el Municipio indicaron que la medida se acompañará con campañas de concientización dirigidas a vecinos y familias, para promover “conductas responsables” y fortalecer la seguridad ciudadana.