La sentencia fue dictada en el marco del expediente 41.041 y tuvo por acreditado que las víctimas fueron detenidas ilegalmente durante un operativo ordenado por las máximas autoridades de la dictadura encabezada por Pedro Eugenio Aramburu e Isaac Francisco Rojas. El fallo también dispuso una serie de medidas de reparación, memoria y reconocimiento para las víctimas y sus familiares.
Durante tres días, en el Auditorio Hugo del Carril, familiares de las víctimas declararon por primera vez ante una instancia judicial, a casi 70 años de los hechos. En ese marco, estuvo presente el Equipo de Acompañamiento “Dra. Silvia Bleichmar”, dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, que brindó asistencia durante las audiencias.
La noche de los fusilamientos
Los hechos se remontan a la noche del 9 de junio de 1956, en el contexto de la dictadura autodenominada Revolución Libertadora. Esa noche fueron detenidos Carlos Lizaso, Nicolás Carranza, Francisco Garibotti, Vicente Rodríguez, Mario Brión, Juan Carlos Livraga, Julio Troxler, Reinaldo Benavidez, Rogelio Díaz, Horacio Di Chiano, Norberto Gavino y Miguel Ángel Giunta.
Según estableció la sentencia, durante la madrugada del 10 de junio, efectivos policiales realizaron un allanamiento ilegal en una vivienda de la localidad bonaerense de Florida, en cumplimiento de órdenes impartidas por Aramburu y Rojas. Las doce personas que se encontraban allí fueron privadas ilegítimamente de su libertad y trasladadas inicialmente a la comisaría de San Martín.
Luego, fueron llevadas a un descampado de José León Suárez, donde se concretaron los fusilamientos. Como consecuencia del operativo murieron Nicolás Carranza, Francisco Garibotti, Vicente Rodríguez, Carlos Lizaso y Mario Brión. Otras siete personas lograron sobrevivir: Juan Carlos Livraga, Julio Troxler, Reinaldo Benavidez, Rogelio Díaz, Horacio Di Chiano, Norberto Gavino y Miguel Ángel Giunta.
El testimonio de Livraga, quien actualmente tiene 96 años y reside en Estados Unidos, fue considerado una pieza fundamental dentro del Juicio por la Verdad.
Responsabilidades penales y memoria histórica
La magistrada encuadró los hechos como allanamiento ilegal, privación ilegal de la libertad agravada y homicidio agravado por alevosía. Si bien los responsables se encuentran fallecidos, el fallo determinó la responsabilidad penal que les habría correspondido y estableció que la sanción aplicable hubiera sido la prisión perpetua.
La sentencia atribuyó responsabilidades a las autoridades máximas del gobierno de facto de entonces, Pedro Eugenio Aramburu e Isaac Francisco Rojas, y también a los funcionarios policiales que llevaron adelante el operativo represivo. Entre ellos mencionó al teniente coronel Desiderio Fernández Suárez y al inspector Rodolfo Rodríguez Moreno.
El reconocimiento judicial representa un avance significativo en la reconstrucción de la verdad histórica sobre uno de los episodios más emblemáticos de la violencia estatal previa a la última dictadura militar. Los fusilamientos de José León Suárez fueron denunciados tempranamente por Rodolfo Walsh en “Operación Masacre”, obra clave del periodismo de investigación argentino.
Medidas reparatorias para las víctimas y sus familias
Además de establecer la responsabilidad del Estado argentino, la sentencia ordenó un conjunto de medidas de reparación simbólica, institucional y educativa.
Entre ellas, dispuso la rehabilitación del buen nombre y honor de las doce víctimas, tanto de quienes fueron fusilados como de quienes sobrevivieron. También ordenó la publicación de la sentencia en los Boletines Oficiales de la Nación y de la provincia de Buenos Aires, y en las páginas web de las Subsecretarías de Derechos Humanos.
El fallo incluyó además la incorporación de los hechos probados en los diseños curriculares de los sistemas educativos nacional y bonaerense, con el objetivo de garantizar su transmisión a las nuevas generaciones.
Otra de las medidas previstas es la instalación de placas conmemorativas en los lugares donde ocurrieron los allanamientos, la detención y los fusilamientos. También se ordenó la creación de un sitio de la memoria en el predio de los históricos basurales de José León Suárez, donde actualmente se encuentra emplazado un monumento.
La resolución dispone, asimismo, la incorporación de los nombres de todas las víctimas en el registro de víctimas de violencia institucional del Estado argentino.
Un fallo que llega 70 años después
Los fundamentos completos de la sentencia se conocerán el próximo 16 de julio. Sin embargo, la resolución conocida este lunes ya marca un punto de inflexión en el camino de memoria, verdad y justicia.
A casi siete décadas de los fusilamientos, la Justicia Federal reconoció la responsabilidad del Estado en la persecución, detención ilegal y asesinato de civiles durante la dictadura de 1956. Para los familiares, el fallo constituye una forma de reparación largamente esperada y una respuesta institucional frente a un crimen que permaneció durante décadas atravesado por la impunidad.
La sentencia no sólo recupera la memoria de las víctimas, sino que también reafirma el valor de la verdad judicial como herramienta democrática. En una historia argentina marcada por la violencia política y los crímenes estatales, el reconocimiento de los fusilamientos de José León Suárez como delitos de lesa humanidad vuelve a colocar en el centro una premisa fundamental: no hay democracia plena sin memoria, verdad y justicia.