La iniciativa apunta a resolver una dificultad que, según advierte el legislador, se repite en distintos concursos: la imposibilidad de reunir la cantidad mínima de aspirantes exigida para conformar las ternas que debe elevar el Consejo de la Magistratura.
El texto mantiene como regla general el requisito de residencia inmediata previa de dos años en el distrito donde el postulante deberá desempeñar sus funciones. Sin embargo, incorpora una excepción para los casos en los que no exista un número suficiente de candidatos locales.
En esas situaciones, podrán postularse abogados que acrediten dos años de residencia en cualquier municipio perteneciente al mismo Departamento Judicial, únicamente con el fin de completar la terna correspondiente.
Entre los fundamentos del proyecto, Lissalde señala que “la realidad demográfica y profesional ha variado desde la reforma constitucional de 1994” y sostiene que la normativa actual genera demoras en los procesos de selección, obliga a extender subrogancias y dificulta la prestación de un servicio de justicia eficiente y cercano a la ciudadanía.
La propuesta pone el foco en los juzgados de Paz, considerados la presencia más próxima del Poder Judicial en buena parte del territorio bonaerense. Estos órganos intervienen en temas de alta sensibilidad social, como conflictos familiares, medidas cautelares vinculadas a violencia de género y familiar, cuestiones civiles y comerciales de menor cuantía y actuaciones urgentes.
Según la iniciativa, la falta de cobertura definitiva de las vacantes afecta especialmente a distritos del interior provincial como Tordillo, General Lavalle, Rauch, Saavedra, Punta Indio, General Pinto y Balcarce, entre otros municipios donde la cantidad de profesionales habilitados para concursar suele ser reducida.
De aprobarse la declaración de necesidad de reforma, la modificación constitucional deberá ser sometida a consideración del electorado bonaerense mediante un plebiscito, que se realizaría junto a la primera elección provincial posterior a la sanción de la ley.
Para Lissalde, la medida permitiría garantizar la conformación de ternas, acelerar la cobertura de cargos vacantes y fortalecer el funcionamiento de la Justicia de Paz sin alterar el criterio de cercanía territorial, ya que los postulantes deberán pertenecer al mismo Departamento Judicial donde se encuentre el juzgado a cubrir.