jueves 14 de mayo de 2026
- Edición Nº2717

Provincia

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Jueces y funcionarios judiciales jubilados cuestionan medidas que afectan sus haberes

14:15 | El Foro de Jueces, Ministerios Públicos y Funcionarios Jubilados Bonaerenses sostuvo que acordadas de la Suprema Corte provincial y una resolución del IPS vulneran derechos adquiridos, afectan la movilidad jubilatoria y profundizan la brecha entre activos y pasivos.



El Foro de Jueces, Ministerios Públicos y Funcionarios Jubilados Bonaerenses manifestó una fuerte crítica legal y constitucional contra una serie de medidas que, según advirtió, impactan de manera directa sobre los haberes previsionales del sector pasivo judicial.

El planteo apunta contra las Acordadas 4093, 4191 y 4225 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, junto con la Resolución General 23.978 del Instituto de Previsión Social bonaerense. Para el Foro, ese conjunto normativo lesiona gravemente el ordenamiento jurídico y afecta garantías centrales reconocidas por la Constitución y los tratados internacionales.

El eje principal del reclamo es la presunta vulneración de derechos adquiridos. Los firmantes sostienen que las medidas cuestionadas degradan la garantía de inviolabilidad de la propiedad al modificar condiciones previsionales ya otorgadas. En esa línea, remarcan que los beneficios jubilatorios no pueden ser tratados como una concesión revisable a discreción del Estado, sino como derechos consolidados luego de décadas de aportes.

Otro de los puntos señalados es la falta de movilidad jubilatoria. El Foro denuncia una diferencia “sideral” entre los ingresos de magistrados y funcionarios en actividad y los haberes que perciben quienes ya se encuentran jubilados. Según el documento, esa brecha rompe el principio de proporcionalidad que debe sostener el vínculo entre el salario activo y el haber previsional.

La presentación también plantea un cuestionamiento de carácter convencional. Los jueces y funcionarios jubilados advierten que las medidas contradicen la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, instrumento que reconoce la obligación de los Estados de garantizar seguridad económica, protección social y condiciones dignas durante la vejez.

El Foro defendió además el sistema previsional de reparto y solidaridad, diferenciándolo del modelo de capitalización individual aplicado durante los años 90 a través de las AFJP. En el documento se explica que el régimen provincial se basa en un “encadenado intergeneracional”: los trabajadores activos aportan al fondo común que permite pagar los haberes de los jubilados actuales.

Desde esa perspectiva, los magistrados y funcionarios retirados remarcan que durante 30 o 35 años, como mínimo, contribuyeron al sostenimiento de la generación anterior. Por eso, consideran que el actual deterioro de sus haberes implica una ruptura del principio de solidaridad que sostiene al sistema.

El documento pone especial énfasis en el impacto humano de las medidas. El Foro define al sector pasivo como el “eslabón vulnerable” de la cadena previsional, especialmente porque la reducción o pérdida de poder adquisitivo se produce en una etapa de la vida marcada por mayores gastos de salud, medicamentos, asistencia y cuidados.

En ese marco, los firmantes también invocan el principio “in dubio pro administrado”, según el cual, ante dudas interpretativas, la administración y la justicia deben resolver en favor de la persona administrada. Sostienen que este criterio fue fortalecido por la reciente Ley de Bases, Ley 27.742, y que debería aplicarse con especial cuidado cuando se trata de adultos mayores y derechos previsionales.

El reclamo fue firmado por los doctores Carlos P. Pagliere y Ricardo S. Favarotto, en representación del Foro de Jueces, Ministerios Públicos y Funcionarios Jubilados Bonaerenses.

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