La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires aprobó un anteproyecto de ley que propone modificar distintos aspectos del régimen electoral bonaerense, con el objetivo de ordenar los plazos administrativos y evitar tensiones como las que se produjeron durante el proceso electoral de 2025. La iniciativa fue enviada al Ministerio de Gobierno provincial para que impulse su tratamiento en la Legislatura.
El proyecto, elaborado por el organismo que preside Hilda Kogan, plantea reformas a la Ley Electoral 5.109, a la Ley 14.086 de elecciones primarias y al decreto-ley 9889/82 de partidos políticos. El eje central de la propuesta es ampliar los tiempos disponibles para la inscripción de alianzas, la presentación de candidaturas, la oficialización de boletas y la organización general de los comicios. Porque, aparentemente, hasta para votar hace falta recordarle al sistema que el calendario existe.
Entre los principales cambios, el anteproyecto establece que las alianzas electorales deberán inscribirse al menos 80 días antes de las PASO, mientras que las listas de candidatos tendrán que presentarse 60 días antes de la elección. En tanto, los modelos de boletas partidarias deberán ser entregados 45 días antes de los comicios.
La Junta Electoral fundamentó la propuesta en las dificultades que genera el esquema actual. Según el organismo, los plazos vigentes resultan insuficientes para garantizar un proceso ordenado, especialmente por el volumen de trabajo que demanda la revisión, oficialización y control de candidaturas y boletas. En ese sentido, recordó que en 2025 ya había solicitado una ampliación excepcional de los tiempos electorales debido al desdoblamiento de los comicios provinciales.
Ese año, la provincia de Buenos Aires votó en fechas separadas y con sistemas distintos, una situación que abrió discusiones políticas y administrativas. Para las elecciones provinciales del 7 de septiembre de 2025, la Legislatura había modificado los plazos: las listas se presentaron con 50 días de anticipación y la entrega y oficialización de boletas se realizó 30 días antes. Ahora, la Junta busca que esos márgenes se amplíen de manera permanente.
Alianzas, listas y boletas
Uno de los puntos centrales del anteproyecto está vinculado con las alianzas transitorias. El artículo 1 propone que las fuerzas políticas que conformen una alianza deban presentarse de manera unificada en todos los distritos y categorías en las que participen. Es decir, no podrían integrar una alianza en una sección electoral y competir por separado en otra.
La modificación apunta a evitar esquemas fragmentados que compliquen la fiscalización y la organización del proceso electoral. También busca establecer reglas más claras para los partidos y frentes que participen en elecciones primarias y generales.
El artículo 3, por su parte, modifica el régimen de presentación de listas para las PASO y fija que las candidaturas deberán inscribirse hasta 60 días antes de los comicios. La propuesta también introduce cambios en los artículos vinculados con las boletas de sufragio: los modelos deberán presentarse 45 días antes de la elección y, una vez oficializados, los apoderados tendrán cinco días para entregar los ejemplares correspondientes a cada mesa.
Además, el proyecto modifica el artículo 66 de la Ley Electoral bonaerense y establece que la convocatoria a elecciones deberá realizarse con al menos 90 días de anticipación. En paralelo, fija que las autoridades de mesa para las elecciones primarias deberán ser designadas 30 días antes de la votación.
Campañas, encuestas y publicidad oficial
Otra de las novedades del anteproyecto es la incorporación del artículo 114 bis a la Ley 5.109, que regula aspectos específicos de la campaña electoral. Según el texto propuesto, la campaña comenzará 60 días antes de la elección y finalizará 48 horas antes de la votación.
El proyecto también establece que la propaganda en medios audiovisuales, gráficos y radiales sólo podrá difundirse durante los últimos 15 días previos a los comicios. Se trata de una limitación que busca ordenar la comunicación electoral y fijar criterios más precisos sobre los tiempos de exposición pública de las fuerzas políticas.
En cuanto a las encuestas y sondeos electorales, la iniciativa dispone que su publicación quedará restringida durante los ocho días previos a la elección y estará prohibida en las 48 horas anteriores a la votación. Además, las proyecciones sobre resultados sólo podrán difundirse tres horas después del cierre de los comicios.
El anteproyecto también incorpora una restricción sobre los actos de gobierno y la publicidad oficial. Durante los 15 días previos a la elección, quedarán prohibidas aquellas acciones que puedan inducir el voto a favor de determinados candidatos o fuerzas políticas.
Con esta propuesta, la Junta Electoral bonaerense busca anticiparse a los conflictos administrativos y políticos que suelen aparecer en cada proceso electoral. El planteo ahora quedará en manos del Ejecutivo provincial y, eventualmente, de la Legislatura, donde deberá discutirse