jueves 22 de mayo de 2025
- Edición Nº2360

Provincia

boletín oficial

Los deudores alimentarios no podrán acceder a beneficios económicos

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la provincia, Juan Martín Mena, dio a conocer la nueva medida publicada en el Boletín Oficial, que tiene como objetivo defender los derechos a recibir alimentos de niños, niñas, adolescentes, personas mayores y con discapacidad.



 

El Gobierno bonaerense, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, publicó en el Boletín Oficial una nueva medida que dispone que los deudores alimentarios no podrán acceder a beneficios económicos mientras sostengan su deuda.

“A partir de ahora, en la provincia de Buenos Aires, cualquier persona que integre una sociedad como socio o autoridad y esté inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) no podrá cobrar dividendos ni honorarios de esa sociedad”, explicó el ministro de Justicia, Juan Martín Mena.

Dicho esto, sostuvo: “El incumplimiento de la obligación alimentaria es un problema estructural que profundiza las desigualdades de género”.

Y cerró: “Esta medida, además, es un paso firme para proteger los derechos de niños, niñas, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad a percibir sus alimentos”.

Según datos brindados por el Ejecutivo bonaerense, 7 de cada 10 progenitores no cumplen con su obligación.

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