sábado 05 de octubre de 2024
- Edición Nº2131

Municipios

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La Justicia autoriza a Pilar a continuar cobrando tasas en las facturas de Edenor

El juez Federal de Campana, Adrián González Charvay, suspendió de manera interina la medida del gobierno que prohibía la inclusión de tributos municipales en las facturas de servicios públicos, permitiendo así que la Municipalidad de Pilar siga cobrando estas tasas.



La decisión fue tomada tras una acción de amparo presentada por el municipio, que argumentó su “derecho manifiesto e incuestionable” a percibir la Tasa de Servicios Generales, anteriormente conocida como Tasa Municipal de Alumbrado Público. Esta tasa se incluye en las boletas emitidas por EDENOR, así como la Tasa por Vigilancia, Inspección y Desarrollo de Emprendimientos para la Provisión del Servicio Público de Gas por Redes, que se incorpora en las facturas de Naturgy BAN S.A.

El pedido del municipio se fundamentó en la ley provincial 10.740 y en el convenio establecido con EDENOR para el cobro de la tasa a través de las facturas de servicio. Además, se invocaron normas provinciales que regulan el suministro de energía eléctrica y el rol del organismo de control (OCEBA) en la región.

En su dictamen, el juez sostuvo que la Constitución bonaerense autoriza a los municipios a establecer ordenanzas y reglamentos, así como a definir su presupuesto y los recursos necesarios para financiarlo.

Por otro lado, destacó que los tributos en cuestión fueron creados por ordenanzas municipales y que su cobro a través de las facturas de las empresas está respaldado por convenios firmados.

Con esto, el juez consideró que se cumplían los requisitos para otorgar una medida cautelar interina y suspendió la resolución de la Secretaría de Comercio de la Nación.

Además, solicitó un informe a dicho organismo estatal y deberá decidir en el futuro si convierte esta medida interina en una medida cautelar definitiva.

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