viernes 26 de julio de 2024
- Edición Nº2060

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Olavarría: Procesan al conductor y a su ayudante por el descarrilamiento de un tren

Fueron imputados por “Estrago culposo Agravado” el conductor y el ayudante del tren que descarriló el 8 de marzo de 2022 en la estación de Pourtalé. También enfrentarán un embargo preventivo de entre 5 y 10 millones de pesos.



El juez Federal de Azul, Gabriel Di Giulio, dictó el procesamiento de Nicolás Ezequiel Fagioli y su ayudante Lucas Leonel Vázquez por el delito de Estrago Culposo, en relación con el descarrilamiento del tren ocurrido en marzo de 2022 en la estación de Pourtalé, partido de Olavarría que tuvo lugar a las 5:20 de la mañana cuando la formación N° 333 de la empresa Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado se dirigía de Olavarría a Bahía Blanca a la altura del kilómetro 346,4 donde el tren descarriló y uno de sus vagones volcó, provocando lesiones de diversa gravedad a más de 90 pasajeros.

Por el hecho, la Justicia Federal de Azul procesó y embargó al maquinista que protagonizó el hecho por “exceso de velocidad” como causa principal y al ayudante del conductor a quien se lo responsabiliza por "no haber dado aviso" o requerido a quien comandaba la formación del tren de pasajeros del servicio Buenos Aires- Bahía Blanca a que disminuyera el ritmo de circulación.

El procesamiento de Fagioli se fundamenta en que “condujo la formación Tren 333 en violación del deber de cuidado y en forma imprudente”, señaló Di Giulio. Además, se lo acusa de haber excedido la velocidad máxima permitida en la zona del siniestro, que era de 80 km/h, y de operar el sistema de frenos de manera inapropiada, lo cual alteró las dinámicas de los esfuerzos verticales y horizontales entre los rieles y las ruedas, contribuyendo al descarrilamiento.

Lucas Vázquez, en su carácter de ayudante, fue procesado por no haber tomado las medidas necesarias para reducir la velocidad de la formación a valores seguros. El juez determinó que su omisión de las medidas exigibles por su cargo y función fue un factor crucial en el accidente.

Además, Di Giulio resolvió la falta de mérito para procesar o sobreseer a otros involucrados en la causa, incluidos Daniel De Diego, Damián Leonhardt, Marcelo Fabián Sánchez, Alejandro Héctor Leonetti y Rogelio Tulio Justo.

Se desestimaron también las solicitudes de sobreseimiento presentadas a favor de Fagioli y Vázquez, así como el planteo de nulidad de la pericia accidentológica formulado por el coimputado Marcelo Fabián Sánchez.

Según el juez Di Giulio, “Nicolás Ezequiel Fagioli, en su carácter de Conductor, excedió la velocidad máxima que el estado de la vía y las características de la formación determinaban para una circulación segura, además de haber operado con impericia el sistema de frenos”.

 

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