Hace 70 años (1954) se promulgó la ley 14346, por la cual se sancionaba con pena de prisión de 15 días a 1 año a quien hiciera víctima de actos de maltrato o crueldad a los animales ( proyecto del diputado Benítez), si bien el proyecto era mucho más ambicioso, no menos cierto es que salió lo que se pudo y hace 70 años que venimos usando la misma ley, la que deberíamos jubilar por edad avanzada.
La Defensa a los Derechos de los Animales es anterior a 1954 (desde Plutarco- Bentham- Peter Singer (1970 )a Franccioni- Wise –Horta- Cragnolini-Aboglio y sigue la lista), pero ellos se pusieron en la discusión filosófica y ética .
Desde el fallo de la “Orangutana Sandra” (2014), la jurisprudencia cambió, y de a poco nuestros tribunales empezaron a cambiar. Hoy hay más de 600 animales declarados sujetos de derecho por la Justicia; y la ley sigue sin crecer. Se han logrado suspensiones de juicio a prueba, abreviado o plenario donde se condena de 8 meses o 1 año, en caso de maltrato y crueldad. Solo mirar el caso “Chocolate” (despellejaron un cachorro 1 año en suspenso; al igual que el caso “Rubio” y podemos seguir con “Coco”, causas contra criaderos, etcétera. Sin contar los animales matados para los cuales no hay penas, pero el psicópata mató, despellejó y sigue libre.
La ley 14346 debe modificarse, tener penas mayores, además de abarcar nuevos tipos de maltratos como: el abuso sexual o el abandono, la explotación (hoy no penado). También deben existir penas para delitos culposos.
Los Animales son Personas no Humanas (fallo Orangutana Sandra); viven algunos- domésticos- con los humanos y son parte de una familia multiespecie; y al resto hay que proteger “silvestres”.
Quien mate, explote, hiera o lastime “a otro” tenga una pena en concordancia con su acto. Modificar la ley 14346, no es un capricho, es una necesidad de una sociedad adulta, responsable y solidaria que protege a sus habitantes de la violencia y la crueldad sin importar la especie.