viernes 26 de julio de 2024
- Edición Nº2060

Legislativas

Repercusiones

Tras el llamado a una “rebelión fiscal”, Pulti denunció a Espert

El diputado provincial de UxP señaló que el proceder el diputado nacional es una violación del artículo 36 de la Constitución Nacional y se encuadra en el artículo 230 inciso 2 del Código Penal. Instó a los legisladores nacionales a someterlo a un juicio político.



El diputado provincial por Unión por la Patria, Gustavo Pulti, impulsa una solicitud de juicio político contra el diputado nacional de La Libertad Avanza (LLA), José Luis Espert, quien llamó a los bonaerenses a dejar de pagar impuestos provinciales.

"No hay que pagar los impuestos que ahora quiere Kicillof, porque no nos da nada" y adelantó "yo no los voy a pagar. Ni inmobiliario ni rural, porque también soy productor rural", manifestó el legislador nacional.

Inmediatamente, el diputado Pulti expresó por la red social X: "Repudio, denuncia penal y pedido de juicio político. Eso es lo que presentamos en la Legislatura por la exhortación del Diputado Espert a la rebelión fiscal. La democracia se construye cumpliendo la ley".

Asimismo, argumentó que su proceder es una violación del art. 36 de la Constitución Nacional y se encuadra en el art. 230 inc. 2 del Código Penal. Por ello, informó: “Impulsamos que la Legislatura ponga en conocimiento de la justicia penal los hechos e impulsamos en la Cámara de Diputados de la Nación el juicio político”.

Por otra parte, quien presentó la denuncia fue la abogada Valeria Carreras, que advirtió que el diputado "no duda en instar a los ciudadanos a cometer delitos, ya sea a través de la desobediencia o la evasión fiscal".

"Es innegable que las palabras del denunciado, José Luis Espert, afectan directamente al orden económico público del Estado provincial y a la posibilidad de cumplir con sus deberes esenciales, y de manera indirecta, afectan el ámbito comercial y merecen una mayor protección por parte del Estado", agregó Carreras.

La denuncia se refiere al delito caracterizado en el artículo 209 del Código Penal, que prevé penas de entre dos y seis años de prisión para "aquel que instigue públicamente a cometer un delito específico contra una persona o institución".

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