viernes 26 de julio de 2024
- Edición Nº2060

País

Ballotaje 2023

Dónde voto en el balotaje 2023: cómo consultar el padrón electoral

La consulta previa por parte de los votantes es fundamental para agilizar todo el proceso durante el acto electoral; cómo obtener los datos necesarios para el día de los comicios



El balotaje de las elecciones 2023 entre los candidatos presidenciales Sergio Massa y Javier Milei se desarrollarán este domingo 19 de noviembre. En efecto, en el padrón electoral está disponible la información del lugar al que le corresponde votar a la ciudadanía.

Para consultar los datos electorales se requiere ingresar el número de documento, género y el código de validación proporcionado. Una vez ingresados estos datos, el sistema mostrará el nombre y la dirección del establecimiento de votación, el número de mesa y el número de orden correspondiente a cada votante. Ingresá en: https://www.padron.gob.ar/ 

Padrón electoral: consultá acá dónde votás el domingo

 

La CNE enfatizó la importancia de verificar esta información antes de las elecciones del 19 de noviembre, ya que, aunque generalmente el lugar de votación suele ser el mismo que en las elecciones primarias (PASO) y generales, pueden ocurrir cambios de último momento.

Balotaje 2023: con qué documentos puedo votar

En cuanto a la documentación válida para votar, se aceptarán la libreta cívica, la libreta de Enrolamiento, el DNI libreta verde, el DNI libreta celeste y el DNI tarjeta. Es importante destacar que los documentos con la leyenda "No válido para votar" también serán válidos para sufragar.

¿Puedo votar con una constancia de DNI en trámite? No. No se considera probatorio de la identidad ningún comprobante de documento en trámite.

Multa por no votar en el Balotaje: quiénes están exentos

  • Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
  • Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia.
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares (los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente).
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

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