viernes 26 de julio de 2024
- Edición Nº2060

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Compre Sin IVA: los reintegros ascienden a más de 150 mil millones de pesos

Según datos al 16 de noviemnre, la devolución a las más de 18 millones de personas que utilizaron el programa alcanzó los $152.624 millones.



Los reintegros a las más de 18 millones de personas que utilizaron el programa Compre sin IVA ascendieron a $ 152.624 millones, según datos al 16 de noviembre dados a conocer este viernes por el Ministerio de Economía.

El monto de devoluciones implica un incremento mensual del 314,3% respecto de los $ 36.840 millones informados al 16 de octubre, debido tanto a la mayor cantidad de personas que acceden al programa como a un aumento de las operaciones promedio por persona.

En ese sentido, unos 2,5 millones de trabajadores informales que cobran el refuerzo especial para ese sector ingresaron al programa al inicio de esta semana.

Compre sin IVA establece un régimen de reintegros del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y mayoristas, con un tope de hasta $ 18.800, y alcanza, además de los ya señalados informales, a trabajadores que cobran salarios hasta $ 708.000, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), 2,3 millones de monotributistas que no perciben otro ingreso y 440.000 empleadas domésticas.

El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

De igual manera, quedan alcanzadas las compras con Tarjeta Alimentar o tarjetas emitidas a beneficiarios del programa Potenciar Trabajo.

El ministro de Economía, Sergio Massa, señaló que la medida apunta a que "de acá al 30 de diciembre, y si es ley definitivamente, puedan recibir también la devolución del IVA cuando realizan compras de alimentos, medicamentos, bebidas, carne, verdura, fruta, productos de higiene y productos de higiene del hogar".

El programa fue reglamentado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 5418/2023, y comenzó a regir el 18 de septiembre último, en principio hasta el 31 de diciembre, ya que podría extenderse al año siguiente.

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