viernes 04 de octubre de 2024
- Edición Nº2130

Legislativas

Maratónica sesión

Senadores convirtieron en Ley la eliminación de Ganancias para trabajadores

El oficialismo en la Cámara alta convirtió este jueves en ley la reforma del impuesto a las Ganancias que elimina la cuarta categoría. En tanto, también aprobó con modificaciones la Ley de Alquileres, por lo que deberá volver a Diputados.



El Senado de la Nación convirtió en ley la eliminación de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, un proyecto impulsado por el Ministro de Economía, Sergio Massa, con 38 votos a favor y 27, en contra.

La iniciativa recibió el apoyo del oficialismo y del bloque Unidad Federal, que responde a espacios provincialistas, y el rechazo de Juntos por el Cambio, que al igual que en el debate en la Cámara baja la consideró que se trata de una medida “electoralista”.

La primera plana del sindicalismo siguió el cierre de la sesión desde los palcos del Senado. Estuvieron presentes Sergio Palazzo, titular de la Bancaria; Pablo Moyano, de Camioneros y Omar Plaini, del sindicato de Canillitas, entre otros.

La reforma de Ganancias se centra en la modificación de la cuarta categoría, un universo integrado actualmente por 80.000 trabajadores. Es decir, el tributo cambiará de nomenclatura por la de Impuesto a los "Mayores Ingresos" y será abonado únicamente por quienes obtengan ingresos mensuales superiores al nuevo piso del tributo, el cual fue fijado en $1.770.000.

A través de la iniciativa se busca que el impuesto recaiga, únicamente, "sobre los mayores ingresos en relación de dependencia y por las otras rentas aludidas".

La determinación del impuesto se efectúa de acuerdo con el siguiente mecanismo: se considera, al comienzo del período fiscal, el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) vigente el 1° de enero de ese año, el que se actualizará el 1° de julio de cada año fiscal, considerando el valor del SMVM vigente a esa nueva fecha.

Ley de Alquileres vuelve a Diputados

El Senado de la Nación aprobó este jueves el proyecto que reforma la Ley de Alquileres e introdujo algunos cambios a la iniciativa sancionada a fines de agosto en la Diputados, por lo que deberá regresar a la Cámara de origen en segunda revisión que, ahora sólo podrá aceptar las modificaciones o insistir con la sanción original.

En el Senado el proyecto fue aprobado por 37 a 29, y contó con el apoyo del Frente de Todos y de los senadores peronistas que integran el bloque de Unidad Federal; en tanto que Juntos por el Cambio votó en contra porque pretendía aprobar el proyecto venido en revisión de Diputados y sancionar este mismo jueves la ley.

La iniciativa venida de Diputados establecía que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.

En cambio, el proyecto aprobado por el Senado establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que “los contratos de locación con destino” a vivienda serán estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

También el Senado modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres propiciando que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA”.

El proyecto aprobado en Senado además modifica la norma venida en revisión de Diputados al incorporar un último párrafo sobre el artículo nueve estableciendo que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo”.
Finalmente, se suma un nuevo artículo, el número doce sobre el Impuesto a las Ganancias: “las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”.
 

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