viernes 26 de julio de 2024
- Edición Nº2060

Provincia

Proyecto legislativo

Buscan establecer por ley el Debate de Candidatos a Gobernador bonaerense

La iniciativa parlamentaria apunta a establecer la obligatoriedad de “debates preelectorales públicos entre los candidatos a gobernador con la finalidad de dar a conocer y debatir ante el electorado las plataformas electorales de las agrupaciones políticas.




La diputada de Juntos por el Cambio Natalia Dziakowski, es la autora de la iniciativa que estipula que la  obligatoriedad establecida comprende a los candidatos y no a los precandidatos; es decir, a los candidatos de aquellas agrupaciones políticas que hayan superados los porcentajes mínimos de votos establecidos en el artículo 10 de la ley 14.086, de elecciones Primarias Abiertas, Simultaneas y Obligatorias, actualmente el 1,5%.

Además promueve, en la normativa de Debate Público Obligatorio de Candidatos a Gobernador (DPOCG) que la Junta Electoral provincial convocará a quienes “estén obligados a participar del debate a los cinco días hábiles posteriores a su proclamación como candidatos, a fin de determinar su voluntad de participación en el debate fijado por la ley”.

El DPOCG se desarrollará dentro de los 15 días corridos anteriores y hasta cinco días antes a la fecha de los comicios para la elección de gobernador de la provincia de Buenos Aries.

Además, “aquellos candidatos que no cumplan con la obligación participar en el Debate Público Obligatorio serán sancionados con el no otorgamiento de espacios audiovisuales gratuitos; asimismo el espacio físico que le hubiera sido asignado al candidato faltante permanecerá vació junto al resto de los participantes”, se consigna en el artículo 116 quinquies de la iniciativa presentada por  Dziakowski.

En lo que respecta a la organización del DPOCG, será la Junta Electoral, con el asesoramiento de diversas organizaciones del ámbito académico y de la sociedad civil comprometidas con la promoción de los valores democráticos, quien convocara a los apoderados o representantes de las organizaciones políticas partidarias a una audiencia destinada a acordar el reglamento de realización del Debate, moderador/es del mismo y los temas a abordar.

Asimismo, se establece que será la Junta Electoral el organismo que tenga la decisión final ante situaciones en las que no haya acuerdo entre las partes.

Por otra parte, en lo que respecta a la transmisión del DPOCG, la misma será en vivo y en directo por el canal que determine la Autoridad de Aplicación, permitiendo la retransmisión de todos los canales que lo soliciten al igual que los medios de radiodifusión y plataformas de internet autorizadas.

Además, la transmisión deberá contar con mecanismos de accesibilidad tales como lenguaje de señas y también subtitulado visible y oculto.

Asimismo, la Junta Electoral dispondrá la grabación del debate, que deberá encontrarse disponible en la página web oficial de la Junta Electoral de la provincial.

La Ley Nacional 27.337, sancionada en noviembre de 2016 en el Congreso de la Nación, incorporó el debate obligatorio a todos los candidatos a presidente. Esta ley modificó la Ley 19.945, el Código Electoral Nacional, incorporando al plexo normativa esta obligatoriedad que resulta absolutamente democrática para contar con las herramientas necesarias a la hora de elegir los representantes.

Tomando este antecedente, en la legislatura de la provincia de Buenos Aries se plantea una norma similar cuyo espíritu es el de promover una ley para el Debate Público Obligatorio para Candidatos a Gobernador.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

3