sábado 27 de julio de 2024
- Edición Nº2061

Legislativas

Política

Propato propone la creación de un régimen previsional diferencial para trabajadores de la industria nuclear

La diputada nacional señaló que “las condiciones laborales a las que deben someterse producen un agotamiento prematuro de la capacidad laboral, motivo por el que es propicio configurar un tratamiento legislativo particular”.



En el marco diálogos y consensos alcanzados con sindicatos del sector nuclear, la diputada Nacional por el Frente de Todos, Agustina Propato, impulsa un proyecto de ley que busca la creación de un régimen previsional diferencial para los trabajadores de la industria nuclear.

En ese sentido la legisladora mantuvo diversos encuentros con gremios que tienen representatividad en el área nuclear como Luz y Fuerza, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y la Asociación de Profesionales Universitarios del Agua y la Energía Eléctrica (APUAYE).

El proyecto tiene como objetivo brindar el beneficio previsional al personal en relación de dependencia que se desempeñe de manera habitual en tareas directas a actividades de la industria nuclear. Establece que tendrán derecho a la jubilación ordinaria los varones con 55 años y mujeres con 50 años de edad quienes deberán contar con 25 años de servicio en ambos casos.

También especifica que la contribución patronal adicional correspondiente a las tareas que cumplan los trabajadores será la vigente en el régimen común, incrementado en dos puntos porcentuales (2%). Mientras que el Poder Ejecutivo Nacional queda facultado para modificar el porcentaje de incremento de los aportes y contribuciones precedentemente establecido, para adecuarlos a los que rijan para los demás regímenes diferenciales.

Además, puntualiza que los beneficiarios de esta ley quedan inhabilitados para desempeñar tareas que impliquen exposición a la actividad nuclear a partir del momento en que entraren en el goce de la jubilación ordinaria.

El proyecto de ley impulsado por Propato indica que Anses podrá constatar si el personal cumplió durante su vida laboral tareas que impliquen exposición a la actividad nuclear. En ese caso deberá reconocer todos los aportes patronales como realizados, sin perjuicio de que hayan sido realizados de forma ordinaria, no generando obligaciones retroactivas para los contribuyentes patronales.

“Las condiciones laborales a las que deben someterse los trabajadores de la industria nuclear, producen un agotamiento prematuro de la capacidad laboral, motivo por el que es propicio configurar un tratamiento legislativo particular, que compense los perjuicios del ejercicio de las tareas señaladas” expresó Propato.

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