viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº1941

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La Corte Suprema falló a favor de la Ciudad de Buenos Aires por la suspensión de clases

Según el máximo tribunal, con el artículo 2 del DNU 241/2021 presentado por el Gobierno Nacional, “se violó la autonomía” de la ciudad. A pesar de que tiene casi el 90% de las camas UTI ocupadas y está cerca del colapso.



La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la demanda contra el decreto de necesidad y urgencia 241/2021 que designó el Gobierno Nacional con el objetivo de controlar la circulación del coronavirus

En el marco de la segunda ola de coronavirus, se suspendieron las clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y el gobierno de Horacio Larreta decidió judicializar el DNU con el fin de garantizar la apertura de las escuelas. De esta manera, la Corte Suprema determinó que que, con el artículo 2 del DNU 241/2021, “se violó la autonomía” de la ciudad y lo calificó como "institucional"

El fallo señala que "el DNU cuestionado no presenta ninguna prueba o estudio para justificar la decisión adoptada con relación a un territorio que, si bien es la sede del gobierno federal, tiene en materia de salud y educación sus propias facultades autónomas, que no pueden verse avasalladas de manera arbitraria e injustificada". 

Por otro lado, la Corte Supremia "entendió que lo que esa norma pretende disponer por vía de DNU debió hacerse con intervención del Congreso Nacional, el que no se encuentra en receso ni impedido de tratar la cuestión en forma inmediata y urgente" ya que no hay "circunstancias excepcionales que hagan imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la Constitución Nacional para la sanción de las leyes". 

El fallo sostiene que "el Poder Ejecutivo Nacional intenta suplantar la voluntad política del gobierno autónomo porteño que, mediante el decreto local 125/GCBA/2021, había declarado de máxima esencialidad el ámbito del Ministerio de Educación y de los establecimientos educativos". Y remarca que la escuela virtual "ocasiona un grave perjuicio a los niños, niñas y adolescentes en cuanto a su evolución psicológica, interpersonal y social". 

Finalmente, la Corte Suprema enfatiza en que "la CABA y las provincias pueden regular la apertura de las escuelas conforme con las disposiciones de la ley 26.206 y la resolución 387/21 del Consejo Federal de Educación, priorizando la apertura y la reanudación de las clases presenciales". 

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