viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº1941

Legislativas

La medida corre hasta el 31 de marzo de 2021

El Senado bonaerense aprobó por unanimidad la prórroga de la suspensión de determinados desalojos

La norma aprobada por unanimidad prohíbe "las ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales, en las que el derecho real de garantía recaiga exclusivamente sobre inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados con el referido destino por la parte deudora o quienes la sucedan a titulo singular o universal".



En sesión especial, el Cuerpo que preside Verónica Magario convirtió en ley el proyecto que suspende hasta el 31 de marzo de 2021 las ejecuciones sobre inmuebles destinados a vivienda única de ocupación permanente. La iniciativa garantiza la presencia del Estado en la protección del derecho a la vivienda digna de los y las bonaerenses.

Los senadores y senadoras volvieron a sesionar de forma presencial y virtual para tratar la vigencia de la ley 15172 que suspende determinados desalojos y lanzamientos en territorio bonaerense, en el marco del estado de emergencia sanitaria.

La norma aprobada por unanimidad prohíbe "las ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales, en las que el derecho real de garantía recaiga exclusivamente sobre inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados con el referido destino por la parte deudora o quienes la sucedan a titulo singular o universal".

Además, excluye de los alcances de la normativa los desalojos en espacios físicos nacionales, provinciales o municipales destinados a áreas naturales protegidas, patrimonios culturales, educativos y/o de interés comunitario o de asociaciones civiles.

También se suspende la ejecución de parte indivisa prevista el artículo 2207 del Código Civil y Comercial de la Nación, siempre que la parte deudora integre el condominio, o quienes la sucedan a título universal, sean ocupantes de la vivienda.

Quedan excluidos expresamente de las suspensiones dispuestas los procesos de desalojo, interdictos y/o lanzamientos en caso de ocupaciones, usurpaciones y/o tomas colectivas de inmuebles, cualquiera fuere su naturaleza, siempre que las mismas se hubiesen producido con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N°132/2020 dictado el 12 de marzo, que declara la emergencia sanitaria en la Provincia.

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