La prohibición judicial de la circulación de camionetas 4x4, UTV, cuatriciclos y motos en los médanos de Pinamar volvió a encender una discusión que excede largamente el uso recreativo de vehículos en la arena. Esta vez, el foco no estuvo puesto en la seguridad vial ni en la protección ambiental, sino en el tono y el contenido de la reacción política: el diputado bonaerense Agustín Romo, titular del bloque de La Libertad Avanza, calificó de “muy boludo” al juez que dictó el fallo y lo acusó de buscar “salir en el diario” o de hacer “un fallo político”.
La frase, publicada en redes sociales, no es un exabrupto aislado sino una toma de posición que sintetiza una lógica discursiva: deslegitimar la decisión judicial no desde el debate técnico o jurídico, sino desde el agravio personal y la sospecha de intencionalidad política. El problema es que el contexto del fallo vuelve difícil separar la retórica del riesgo real.
Toda mi vida me fui de vacaciones a Pinamar. El 99% de la gente que va a la playa con camioneta, cuatriciclo, moto o UTV lo hace de manera responsable. Lo que hizo este juez es una payasada, prohíbe algo que ya está prohibido: correr picadas. Quería salir en el diario o hacer un… https://t.co/iR7QRcnlO3
— Agustín Romo (@agustinromm) February 3, 2026
La medida judicial ordena el cese inmediato de maniobras temerarias, pruebas de destreza y competencias informales en la zona conocida como La Frontera, un sector históricamente asociado al turismo off-road. El fallo fue firmado por Félix Adrián Ferrán, juez suplente del Juzgado Civil y Comercial N°4 de Dolores, en el marco de un amparo presentado por Pablo Martínez Carignano, exdirector de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
La resolución llega apenas tres semanas después del grave accidente que dejó con heridas de consideración a Bastián Jerez, un niño de ocho años, y se apoya en un argumento central: la reiteración de siniestros graves temporada tras temporada, con especial impacto en niños y adolescentes. No se trata, según el juez, de prohibir una práctica cultural o turística, sino de intervenir frente a conductas de riesgo persistentes que el Estado no logró controlar de manera efectiva.
Romo relativizó el alcance del fallo al sostener que “el 99% de la gente” que circula por la playa lo hace de manera responsable y que la resolución judicial “prohíbe algo que ya está prohibido”, como las picadas. Sin embargo, ese razonamiento deja un vacío clave: en materia de seguridad vial, no es el comportamiento promedio lo que define la política pública, sino el impacto de los casos extremos.
Un solo error, una maniobra imprudente o una falla de control pueden tener consecuencias irreversibles en espacios donde conviven vehículos de gran porte, cuatriciclos, peatones y niños. La justicia, en este caso, optó por intervenir ante la ausencia de controles efectivos y señalización adecuada, una responsabilidad que el propio fallo le recuerda al municipio.
La Municipalidad de Pinamar había argumentado que no tenía facultades para intervenir en predios privados. Ferrán rechazó ese planteo y fue explícito: aun en espacios privados, el Estado tiene la obligación de garantizar condiciones mínimas de seguridad cuando existen riesgos reiterados y previsibles.
La prohibición, además, no es definitiva. El juez estableció que la circulación podrá retomarse cuando el municipio —conducido por Juan Ibarguren— garantice señalización clara, delimitación de áreas y un control efectivo. Mientras tanto, la comuna ya anunció que apelará el fallo, reforzando la idea de que el conflicto recién empieza.