Más de 36 millones de argentinos están habilitados para votar este domingo 26 de octubre en las elecciones legislativas nacionales. La jornada, que se desarrolla de 8:00 a 18:00 horas, tiene como principal novedad el debut nacional de la Boleta Única de Papel (BUP).
Una vez en la cabina de votación, vas a ver que la BUP tiene las listas de cada fuerza política separadas en columnas verticales y cada categoría de cargos separadas en filas horizontales.
Marcá con la lapicera la opción de tu preferencia en el recuadro correspondiente.
Recordá que solo podés marcar una lista por categoría. En el caso de las ocho provincias mencionadas anteriormente, vas a tener que hacer dos marcas: una para Senadores y la otra para Diputados.
Cuando hayas marcado la casilla correspondiente a tu voto, doblá la boleta siguiendo las indicaciones en su dorso. Va a quedar visible la firma de la autoridad de mesa y tu voto permanecerá oculto.
Después te dirigís a la mesa, metés la boleta en la urna por la misma ranura de siempre y firmás el padrón. Recordá que si no vas a votar, podés recibir una multa.
La consulta del padrón electoral es unificada para todo el país, ya sea que busques “dónde voto provincia de Buenos Aires”, “dónde voto San Luis” o “padrón electoral Santa Fe 2025”. El único sitio oficial habilitado por la CNE es padron.gob.ar.
Para saber dónde votás este 26 de octubre, seguí estos pasos:
Inmediatamente, el sistema te informará el nombre y la dirección del establecimiento donde votás, el número de mesa y tu número de orden. Se recomienda tomar nota o hacer una captura de pantalla de esta información.
La multa por no votar va de 1000 a 2000 pesos, según la cantidad de veces que se haya faltado a las urnas.
Quienes no puedan emitir su voto deben justificar su ausencia ante la Justicia Electoral dentro de los 60 días hábiles posteriores al día de la elección. Para facilitar el trámite, la gestión puede realizarse de forma digital, ingresando al sitio oficial del Registro de Infractores.
Los extranjeros no pueden votar en elecciones nacionales. La Ley 19.945 (Código Electoral Nacional) no contempla su participación en comicios federales, por lo que no pueden elegir presidente, vicepresidente ni legisladores nacionales.
Las y los electores que tengan 16 o más años tienen el derecho y el deber cívico de votar. De todas maneras, los menores de 18 y los mayores de 70 no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse en la fecha de votación.