La Unidad Fiscal que interviene en causas de crímenes de lesa humanidad ante los tribunales federales de La Plata imputó al suboficial retirado de la Armada y referente de La Libertad Avanza, Jorge Pablo Cabrera (59), por apología del delito e incitación al odio. El hecho se originó a raíz de declaraciones realizadas en el programa La Libertad Avanza Radio, emitido por FM del Sur 103.7 de Verónica, partido de Punta Indio, en las que sostuvo que el baúl de un Ford Falcon verde modelo 1976 “todavía huele a justicia”.
El fiscal general Gonzalo Miranda, junto con los auxiliares fiscales Ana Oberlin y Juan Martín Nogueira, consideraron que las expresiones de Cabrera constituyen “un ejercicio abusivo de la libertad de expresión” que, lejos de ser una opinión aislada, legitima y glorifica prácticas vinculadas al terrorismo de Estado. La imputación fue presentada ante el Juzgado Federal N°1 de La Plata, a cargo de Alejo Ramos Padilla.
“Un mensaje que legitima violencias”
En su presentación, la fiscalía advirtió que el Ford Falcon verde es un símbolo histórico del aparato represivo de la dictadura cívico-militar (1976–1983), utilizado para secuestros y desapariciones forzadas. “Reivindicarlo como expresión de ‘justicia’ supone desconocer los compromisos del Estado argentino en materia de memoria, verdad y justicia, y naturalizar crímenes aberrantes”, sostuvo la Unidad Fiscal.
Las declaraciones por las que Cabrera fue imputado se registraron el 24 de junio y el 15 de julio pasados, en columnas de opinión dentro del programa radial. Allí señaló: “Un Falcon verde modelo ‘76... A este le abrís el baúl y todavía huele a justicia. Es una belleza”. Días después reiteró: “Mi papá tuvo toda la vida Ford Falcon. El verde aceituna que venía de fábrica, y abrías el baúl y todavía olía a justicia”.
Ambas expresiones fueron difundidas en redes sociales y dieron lugar a denuncias presentadas el 18 de julio por un particular y por la Comisión Provincial por la Memoria, que luego se unificaron en un mismo expediente.
Libertad de expresión y límites legales
El Ministerio Público Fiscal subrayó que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero no absoluto, y recordó que la Convención Americana de Derechos Humanos admite responsabilidades ulteriores frente a manifestaciones que promuevan odio o violencia contra grupos históricamente victimizados.
En este sentido, la imputación se encuadra en el artículo 213 del Código Penal, que sanciona la apología del delito, y en la Ley 25.392 antidiscriminatoria, que prevé penas de hasta tres años de prisión para quienes inciten a la persecución u odio por razones políticas, entre otras.
“La sanción resulta necesaria no solo para proteger los derechos de las víctimas del terrorismo de Estado, sino también para preservar la memoria colectiva y los estándares de convivencia democrática que garantizan la no repetición de violaciones masivas a los derechos humanos”, advirtió la fiscalía.
Las expresiones de Cabrera se dieron en paralelo al inicio de un juicio en La Plata contra dos expolicías bonaerenses acusados de encubrimiento en crímenes de lesa humanidad. El proceso se abrió tras el hallazgo en 1976 del cuerpo de una mujer arrojado desde una aeronave al río en Punta Indio, identificado años después pero enterrado como NN.
La Unidad Fiscal remarcó que enaltecer como “justicia” a un vehículo emblemático del aparato represivo revictimiza a quienes padecieron el terrorismo de Estado y afecta la paz social, recordando que los delitos cometidos bajo la dictadura fueron juzgados y condenados por la Justicia argentina como crímenes de lesa humanidad.