viernes 24 de octubre de 2025
- Edición Nº2515

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defensoria del pueblo

15 años de Matrimonio Igualitario: el derecho conquistado que aún exige igualdad real

Aunque la ley garantizó la igualdad legal para las parejas del mismo sexo, casos recientes evidencian que la discriminación persiste en el acceso pleno a la filiación y a los derechos familiares.



Este 15 de julio se cumplen 15 años de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario en Argentina, una normativa que en 2010 convirtió al país en pionero en América Latina al reconocer la igualdad jurídica de las parejas del mismo sexo para acceder al matrimonio civil. Fue un logro histórico que reconfiguró el horizonte de derechos para el colectivo LGBTI+, habilitando no solo el derecho a casarse, sino también a constituir familia con pleno acceso a protecciones y beneficios antes reservados exclusivamente a las parejas heterosexuales: filiación, herencia, cobertura de salud, licencias familiares y decisiones médicas, entre otros.

Sin embargo, quince años después, los desafíos persisten. El reciente caso de J. y S., una pareja de mujeres casadas en la provincia de Buenos Aires, expone la persistencia de obstáculos institucionales. Ambas recurrieron a un método casero de fertilización durante su matrimonio, pero el Registro de las Personas les negó el reconocimiento de la doble maternidad en el acta de nacimiento de su hija, alegando la ausencia de intervención médica. La decisión fue apelada y, gracias a la intervención de la Dirección de Políticas de Igualdad de la Defensoría del Pueblo bonaerense, se logró rectificar la partida y garantizar la filiación plena con sus dos madres.

Este caso evidencia que la igualdad legal aún no se traduce automáticamente en igualdad real. Mientras la presunción legal de paternidad se aplica de manera automática a parejas heterosexuales casadas, se sigue exigiendo prueba de técnicas médicas para reconocer la maternidad de ambas en parejas de mujeres. Se trata de un requisito que vulnera el principio de igualdad y no discriminación consagrado por organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos de la ONU, que sostienen que el derecho a formar una familia es parte integral de los derechos a la vida privada y a la igualdad ante la ley.

Desde una perspectiva interseccional y feminista, se vuelve indispensable preguntarse quiénes quedan excluidas cuando se restringe la filiación al método médico. Las barreras de acceso a las técnicas de reproducción asistida en el sistema de salud hegemónico afectan especialmente a quienes no pueden costearlas, viven en zonas alejadas o eligen métodos caseros por decisión personal o cultural. La ley protege el proyecto familiar, no el procedimiento utilizado para gestarlo.

A 15 años de la sanción de la Ley 26.618, Argentina puede mirar hacia atrás con orgullo por el avance que significó en materia de derechos humanos y reconocimiento de la diversidad familiar y sexual. Sin embargo, el caso de J. y S. es un recordatorio de que los cambios normativos requieren revisiones constantes en las prácticas registrales, judiciales y sociales para garantizar que ninguna familia sea vulnerada o excluida. El aniversario de la ley no solo celebra lo conquistado, sino que interpela sobre el camino que resta para lograr una igualdad real y efectiva para todas las formas de familia.

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