
El máximo tribunal no convalidó los planteos presentados, uno por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, y otro por el abogado Jorge Rizzo, en contra del DNU 70/2023 presentado por el presidente Javier Milei. Desde la Suprema Corte argumentaron que no había “caso concreto”, “causa” o “controversia”.
Si bien dicho decreto fue rechazado en la Cámara de Senadores el pasado 14 de marzo, aún no avanzó el análisis de su respaldo o rechazo en la Cámara de Diputados. Mientras no sea rechazado en las dos cámaras, todos sus efectos siguen vigentes salvo aquellos que hayan sido frenados por una decisión judicial: ahí aparecen reforma laboral, ley de tierras y el capítulo de la yerba mate, además de los reclamos puntuales por las prepagas.
Respecto al pedido de Quintela, la Corte entendió que “la provincia de La Rioja no ha puesto a consideración del Tribunal una causa, asunto o caso contencioso cuya decisión corresponda a los tribunales de la Nación de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Constitución y 2° de la ley 27″. Quintela había pedido que se declarara si el mega decreto era o no constitucional.
El objetivo del gobernador era que se dicte una medida cautelar que disponga la suspensión total de efectos del DNU y que ordene al Poder Ejecutivo de la Nación a no aplicar ninguna de sus disposiciones hasta la resolución definitiva de la causa.
Por su parte, Rizzo, referente de la agrupación de abogados Gente de Derecho (GDD), pidió el per saltum ante la Corte al señalar que el DNU violó el principio de división de poderes y la prohibición de legislar que pesa sobre el Poder Ejecutivo; y que el fallo que rechazó su demanda respondía con un formalismo un avasallamiento de la Constitución. Su planteo también fue rechazado.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti fueron quienes firmaron el rechazo de los pedidos.