
El juzgado Civil y Comercial número 8, a cargo de Adriana Fiori, le dio lugar a un reclamo efectuado por asociaciones de productores yerbateros, que se oponían a la desregulación de la cadena.
En concreto, el pedido se centraba en que "no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate".
A continuación, el fallo que suspende un capítulo del DNU de Milei
"Avocarme al conocimiento de la medida cautelar solicitada a fin de garantizar el efectivo derecho a la salud integral del grupo vulnerable constituido por los pequeños productores yerbateros y, en consecuencia, ordenar la inmediata suspensión de lo dispuesto en el Capítulo I-Instituto Nacional de la Yerba Mate (Ley N° 25.564) -arts. 164 al 168- del DNU 70/2023 y de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento específicamente", indica el texto del fallo. "A fin de que no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate de conformidad con el texto original de la Ley N° 25.564, hasta tanto se dicte sentencia respecto del fondo", agrega.