
Los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) son herramientas legislativas que otorgan al Poder Ejecutivo la capacidad de legislar en situaciones extraordinarias, sin pasar por el proceso tradicional del Congreso. El proceso se hace solo cuando el Presidente considera que la situación requiere medidas inmediatas para abordar problemas urgentes que no pueden esperar el tiempo que lleva el proceso legislativo regular.
Características principales de los DNU:
Emergencia y urgencia: los DNU se emiten en situaciones de emergencia y urgencia, donde la demora podría tener consecuencias negativas para el país.
Áreas limitadas: aunque permiten una acción rápida, los DNU tienen límites. La Constitución de Argentina establece que no pueden utilizarse para legislar sobre cuestiones impositivas, electorales y penales, ni para modificar el régimen de los partidos políticos.
Vigencia temporal: estos decretos tienen una vigencia temporal y deben ser ratificados por el Congreso para convertirse en ley permanente. Si el Congreso no los ratifica, pierden su validez después de cierto tiempo.
Control judicial: los DNU pueden ser objeto de control judicial para verificar su constitucionalidad. Los tribunales pueden analizar si las circunstancias realmente justifican la emisión de un DNU.
El tratamiento
El Senado y la Cámara de Diputados sólo pueden aceptar o rechazar el DNU
No pueden introducir enmiendas, modificaciones o agregados. Se resuelve con mayoría absoluta de los presentes, es decir , la mitad más uno
Escenarios posibles
Si ninguna cámara lo trata, el DNU queda vigente
Si una cámara lo acepta y la otra lo rechaza el DNU sigue vigente
Sólo perderá vigencia el DNU que sea rechazado por ambas Cámaras.