jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº1940

Legislativas

Salud

Ley de Etiquetado Frontal: ¿Por qué es tan importante para la salud?

El proyecto de Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos será tratado mañana en el Congreso. Cuenta con media sanción del Senado (octubre de 2020) y dictamen favorable de cuatro comisiones de la Cámara Baja.



Esta propuesta  busca brindar información a los consumidores sobre los componentes de los alimentos como azúcares, sodio, calorías y grasas saturadas de comestibles procesados y ultraprocesados, con el objetivo de prevenir  la malnutrición de la población. Según la Organización Panamericana de la Salud (OPS), los tres factores de riesgo más asociados a la mortalidad en Argentina son la hipertensión, hiperglucemia y sobrepeso u obesidad.

Se trata de un proyecto fuertemente atacado por el sector empresarial que viene intentando superponer sus intereses a los derechos de la salud, la alimentación adecuada y la información.  Trae fuertes implicancias en las etapas de la infancia y la adolescencia ya que en este sentido, la promoción de la salud en las escuelas es otro pilar del proyecto.

No se permitirá que los productos - los que tienen al menos un sello negro- se vendan en las escuelas. La iniciativa propone también que el Consejo Federal de Educación incluya actividades didácticas y contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en las aulas de todos los niveles educativos.

¿Qué establece este proyecto de ley?

La Ley de Etiquetado de Alimentos busca garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas. Se propone un etiquetado frontal de advertencia que tendrá un sistema gráfico de octógonos negros con diversas leyendas precautorias.

 La ley aclara que la obligación se extiende a cajas, cajones y cualquier otro tipo de empaquetado. Quedan exceptuados el azúcar común, los aceites vegetales, los frutos secos y la sal común de mesa.

Según corresponda dirá: “Exceso en azúcares”, “exceso en sodio”, “exceso en grasas saturadas”, “exceso en grasas totales” y “exceso en calorías”. Estas leyendas deberán estar en octógonos negros, con bordes y letras de color blanco en mayúsculas, y su tamaño no podrá ser inferior al 5% de la superficie de la cara frontal del envase.

La misma prevención se aplicará para los casos de valores superiores en cafeína y para alertar sobre el contenido de edulcorantes no recomendables para niños y adolescentes. En estos casos deben llevar las leyendas“contiene cafeína, evitar en niños/as” y “contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”, respectivamente.

Las organizaciones sociales piden que los y las diputados/as apoyen el proyecto y basen sus decisiones en la mejor evidencia científica disponible libre de conflicto de interés.

 

 

 

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