miércoles 09 de julio de 2025
- Edición Nº2408

Provincia

Para propietarios de inmuebles

Desde hoy Villa Gesell permite el ingreso de ciudadanos no residentes

La noticia fue comunicada por el intendente Gustavo Barrera, tras mantener una reunión virtual con más de 20 representantes de instituciones locales. Conocé de qué se trata.



A meses del comienzo de la temporada veraniega y con muchos interrogantes todavía sobrevolando la sociedad el intendente de Villa Gesell, Gustavo Barrera, tomó la posta y autorizó desde este lunes 28 de septiembre el ingreso a la ciudad por parte de todos aquellos propietarios no residentes.

La medida fue acordada conjuntamente entre el Jefe Comunal y 20 representantes de instituciones locales. Para poder entrar a la localidad costera será necesario tramitar una autorización oficial en el sitio web del Municipio (municipalidad gesell.gob.ar).

Esta decisión llega tras los reiterados reclamos de propietarios de inmuebles en la Costa Atlántica bonaerense, que hasta el momento estuvieron imposibilitados de poder visitar sus segundos hogares a causa de las restricciones impuestas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio que exige la pandemia. En ese sentido las autorizaciones a no residentes eran solo en casos de fuerza mayor o para atención de emergencias.

A partir de este lunes los contribuyentes no residentes tendrán que completar un formulario válido como Declaración Jurada, que luego será analizado por la Dirección de Control Sanitario que comprobará la veracidad de los datos. En las siguientes 72 horas a la realización del pedido para ingresar, la Municipalidad resolverá la aprobación o no de la solicitud, según lo establecido por la norma nacional.

Según se aclaró, el cumplimiento de la medida estipula que aquellas personas que provengan de áreas de transmisión comunitaria deberán cumplir con los 14 días de cuarentena. Mientras que a su vez se le restringirá el ingreso a toda persona que presente síntomas compatibles con COVID-19 y se pondrá en conocimiento fehaciente al Juzgado Federal de Dolores en caso de violación a lo dispuesto en los artículos 205 y 239 del Código Penal Argentino.

 

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