viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº1962

Legislativas

El Senado bonaerense aprobó la Emergencia en violencia de género y en geriátricos

En una nueva sesión mixta, la Cámara Alta de la Provincia ratificó, además, los decretos firmados por el Ejecutivo durante la pandemia. Todas las iniciativas fueron votadas por unanimidad.



En una nueva sesión mixta, con presencia física y virtual, el Senado bonaerense aprobó la Ley de Emergencia en violencia de género, la de Emergencia en los geriátricos de la Provincia y ratificó los decretos dictados por el gobernador Axel Kicillof desde el comienzo de la pandemia.

Con 46 legisladores participantes, todas las iniciativas fueron votadas por unanimidad.

La ley que declara la emergencia sanitaria en los geriátricos de gestión pública y privada de la Provincia como consecuencia de la pandemia de coronavirus, fue girada a la Legislatura por Kicillof y había sido aprobada la semana pasada por la Cámara de Diputados.

La norma establece que se deberá iniciar “de forma inmediata un proceso de empadronamiento, relevamiento y fiscalización complementario de los establecimientos regularizando de forma progresiva todos aquellos que no cuenten con habilitación vigente”.

Asimismo, mientras dure el proceso, el Ministerio de Salud bonaerense podrá permitir “el funcionamiento excepcional, precario y transitorio por un plazo que en ningún caso podrá superar el de la emergencia social, económica, productiva, y energética” aprobada en diciembre y prorrogada hoy por la Legislatura.

Además, la cartera sanitaria bonaerense “determinará el procedimiento a seguir para los casos en que el establecimiento no cumpla las condiciones mínimas de permanencia y deba procederse a su clausura definitiva, disponiendo, junto con los Municipios, el traslado de los adultos mayores a otros establecimientos o residencias”.

También crea el “Programa Geriátricos de la provincia de Buenos Aires”, con el propósito de promover el fortalecimiento y desarrollo de esos establecimientos, tanto públicos como privados.

Contempla, además, la posibilidad de otorgar subsidios para el fortalecimiento y desarrollo de los establecimientos geriátricos de la provincia.

Por otra parte, la Cámara alta aprobó el decreto que exime de Ingresos Brutos a las cooperativas cuya actividad sea la venta de productos farmacéuticos, veterinarios, cosméticos y de perfumería, así como a los servicios digitales prestados por no residentes en el país.

Además, se suspendieron algunas previsiones de la Ley de Responsabilidad Fiscal para que los municipios puedan ampliar sus posibilidades de financiamiento.

La norma contempla la suspensión de las ejecuciones hipotecarias de los inmuebles destinados a vivienda única, las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) y toda ejecución o lanzamientos colectivos que afecten a una pluralidad de familias, por el término de 90 días.

También prevé la suspensión de los procesos de desalojo de vivienda única, habitaciones para vivienda, inmuebles para actividades culturales o comunitarias, inmuebles rurales de pequeñas producciones familiares, inmuebles alquilados a monotributistas, pequeñas y medianas empresas, cooperativas o empresas recuperadas.

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