jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº1940

Provincia

Firma de decretos

Promulgan la ley que regula la venta de uniformes e insignias policiales

Los uniformes, distintivos o insignias que utiliza la Policía bonaerense sólo podrán ser vendidos por comercios que estén inscriptos en un registro provincial.



La norma fue sancionada por la Legislatura en diciembre y crea "el Registro Provincial de Personas Físicas y/o Jurídicas autorizadas a comercializar uniformes, distintivos e insignias oficiales" de la policía provincial.

Establece además que los comercios habilitados deberán registrar los datos de las personas que adquieran uniformes, distintivos e insignias oficiales y/o similares de la Policía de la Provincia de Buenos Aires para ser entregados a la Autoridad de Aplicación.

También están obligados a adosar en el caso del uniforme "un código QR o similar en el que conste: nombre y apellido del policía comprador, número de legajo, grupo sanguíneo, nombre del comercio habilitado vendedor y fecha de adquisición del uniforme", según el texto.

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