jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº1940

Provincia

Decisión de la Junta Electoral borra la ley de paridad

Ante la falta de reglamentación de la Ley de Paridad por parte del gobierno de María Eugenia Vidal, la norma no se aplicará de forma integral para las elecciones generales que se realizarán en octubre.



La Junta Electoral tomó una determinación que pone puntos suspensivos a la pregonada paridad de género en las listas y responsabilizó por ello al Poder Ejecutivo, es decir, a la Gobernadora María Eugenia Vidal por no reglamentar “dicha norma que deberá aplicarse para conformar las listas para las próximas elecciones generales”.

Según establecía la Ley de Paridad aprobada en la Legislatura el año pasado, la conformación de las listas definitivas, en aquellos casos en los que dos o más listas compitieran en una interna por el mismo frente en las PASO, se realizarán con la aplicación del sistema D’Hont y de cociente, pero también con un principio de alternancia y secuencialidad entre sexos, es decir un hombre y una mujer o viceversa.

Sin embargo, la Resolución nº 114 de la Junta Electoral estableció que, ante la falta de reglamentación del Poder Ejecutivo bonaerense sobre cómo aplicar en concreto la Ley de Paridad, se relega la norma y prioriza la voluntad popular. Establece entonces que las listas definitivas “deberán ser presentadas sin alterar el orden previsto en la listas de precandidatos presentadas en las PASO”, sin importar la paridad.

Cabe destacar que, como publicó este medio, pasadas las Primarias, con los números arriba de la mesa, en los distritos en los que hubo internas se enfrentaban a un dilema: las cartas orgánicas de las dos fuerzas mayoritarias, Cambiemos y Unidad Ciudadana, adoptaron el reparto del 25 por ciento para la primera minoría, por lo que al ganador le corresponderían los tres primeros de la lista y al perdedor el cuarto, el octavo y el duodécimo.

Sin un acuerdo para reacomodar los emparejamientos por parte de las dos facciones, y en el marco de la Ley de Paridad, la lista perdedora solamente podría incorporar a dirigentes de un mismo sexo en la nómina final.

En muchos municipios, esto dejaba afuera las candidaturas de aquellos dirigentes que encabezaron las listas, que sólo pueden optar por poner a su número dos en el cuarto lugar de la nómina del espacio que competirá en octubre.

Por otro lado, la fracción ganadora respetaba sus tres primeros lugares pero no podía conservar el orden entre cuarto y quinto, y sucesivamente, ya que se vería obligada a rotar porque el cuarto lugar lo ocupará la mujer del sector que alcanzó la minoría.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

3